viernes, 27 de septiembre de 2013

Regimen Unico Simplificado Parte I

a)¿Quiénes se pueden acoger al Nuevo RUS?

 

 b)¿Cuáles son los requisitos para acogerse al Nuevo RUS?

Para acogerte al Nuevo RUS  debes cumplir con las siguientes condiciones:

1.  El monto de tus ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada año, o en algún mes tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000).
2.  Realizar tus actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva.
3.  El valor de los activos fijos afectados a tu actividad no debe superar los setenta mil Nuevos Soles (S/. 70,000). Los activos fijos incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier índole etc. No se considera el valor de los predios ni de los vehículos que se requieren para el desarrollo del negocio.
4.  Las adquisiciones y compras afectadas a la actividad no deben superar los S/. 360,000 en el transcurso de cada año o cuando en algún mes dichas adquisiciones no superen los S/ 30,000.

c)¿Quiénes no pueden acogerse al Nuevo RUS?

1.  Presten el servicio de transporte de carga de mercancías utilizando  sus vehículos  que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas).
2.  Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
.   Efectúen y/o tramiten algún régimen, operación o destino aduanero; excepto  que se trate de contribuyentes:
     -Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US$ 500 por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento; y/o.
      -Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 83º de la Ley General de Aduanas, con sujeción a la normatividad específica que las regule; y/o.
    -Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.

3.  Organicen cualquier tipo de espectáculo público.
4.  Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de
5.  bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos;
6.  agentes de aduana y los intermediarios de seguros.
7.  Sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.
8.  Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o  publicidad.
9.  Realicen venta de inmuebles.
10.Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles
11. Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.
12. Entreguen bienes en consignación.
13. Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de  almacenamiento.
14. Realicen alguna de las operaciones gravadas con el  Impuesto Selectivo al Consumo.
15. Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.

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