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viernes, 25 de octubre de 2013

Cómo legalizar el Libro de Planillas

Una vez tengas tu empresa, necesitar un Libro de Planillas, este libro es un registro contable que permite guardar la información de la relación de los trabajadores con la empresa, su remuneración y demás beneficios que se le paguen
El registro de trabajadores en el Libro de Planillas dentro de las 72 horas de inicio de las prestaciones de servicios
Forma de contratación:
  • Contrato de trabajo a tiempo indeterminado
  • Contrato de trabajo sujeto a modalidad
  • De naturaleza temporal
  • De naturaleza accidental
  • De obra o servicio
  • Contrato de trabajo a tiempo parcial
Se puede elaborar y llevar las planillas de pago en cualquiera de las siguientes modalidades:
  • Libros.
  • Hojas sueltas. Estas deberán estar numeradas.
  • Microformas. Estas me permiten el uso de tecnologí­as avanzadas en materia de archivos de documentos e información.
Requisitos para autorización
  • La empresa deberá llevar el Libro de Planilla de Pago de Remuneraciones al Ministerio de Trabajo (MINTRA) o sus dependencias en provincias para que sea legalizado.
Se requiere:
  • Comprar el Libro de Planillas
  • Solicitud de Autorización de libros de planillas
  • Pago el derecho de pago (1% UIT = S/. 32.00)
Las MYPEs reciben un descuento de 70% (S/. 9.60). Para tal efecto deberá hacer una declaración jurada que pertenece al sector de las micro y pequeñas empresas.

viernes, 27 de septiembre de 2013

Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)


a) Definición
Régimen tributario al cual  pueden acogerse las personas naturales y jurídicas que  generan ingresos considerados como   rentas de tercera categoría , derivados de su actividad económica y / o servicios, sujeto a ciertos requisitos.
Base legal: art.117 del TUO del impuesto a la renta aprobado por el  D.S.N° 179-2004-EF publicado el 08-12-2004

b) Requisitos para acogerse
Los ingresos netos anuales  no deben superar los S/525,000; las adquisiciones afectadas a la actividad no deben exceder los S/ 525,000, el valor de los activos fijos afectados a la actividad  no debe superar los S/ 126,000 y la cantidad de personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas.
Base legal: art.120 del TUO del impuesto a la renta, modificado por el artículo 26° del D. Legislativo 1086 publicado el 28 de junio de 2008.

c) Adquisiciones afectadas a la actividad
Son todos los bienes y/o servicios  que se computan para efectos del límite  anual de S/ 525,000 por  adquisiciones del régimen especial del impuesto a la renta, siempre que sean necesarios para producir  la renta y/o mantener su fuente.
Base legal: Art. 26° del Decreto Legislativo N° 1086 publicado el 28 de junio de 2008.

d) Activos Fijos afectados a la actividad
Son todos los activos fijos por un límite,  en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta para producir la renta y/ o mantener su fuente.
Base legal: Art. 26° del Decreto Legislativo N° 1086 publicado el 28 de junio de 2008.

e) Pago de Impuestos
Cuota del  Impuesto a la Renta
Es la que se paga aplicando el 1.5% sobre el ingreso neto mensual  y que determina el impuesto a la renta mensual a pagar, por los contribuyentes de este régimen.
Base legal: art.120° del TUO del impuesto a la renta, modificado por el artículo 26° del D. Legislativo 1086 publicado el 28 de junio de 2008.

f) Libros Contables
1. Registro de Compras y Registro de Ventas
Libros  que  se obliga a llevar a los contribuyentes del RER para el  control y cumplimiento de sus obligaciones tributarias. El primero de ellos les permite tener derecho a ejercer el crédito fiscal en el pago del IGV, y  en el segundo caso les permite llevar en orden cronológico el monto de sus ingresos afectos tanto al IGV como al impuesto a la Renta.
Base legal: Art.124 del TUO del Impuesto a la renta, modificado por el articulo 26° del D. Legislativo N° 1086 publicado el 28 de junio de 2008.

g) Declaraciones
1. Declaración mensual-PDT formulario virtual  621
Medio  virtual  a través del cual los contribuyentes del RER deben declarar y pagar el impuesto a la renta y el IGV que le corresponda pagar mensualmente.
En caso no estén obligados al uso de este PDT utilizarán el formulario N° 118.
Base legal: Resolución de Superintendencia N° 260-2004/SUNAT publicada el 01-11-2004.

2. Planilla Electrónica-PDT formulario virtual 601
Medio a través del cual los contribuyentes del RER que tengan la calidad de empleadores, deben informar a la SUNAT los empleados  a su cargo (mínimo  mas de 3) y los derechos habientes de cada titular, así como a los prestadores de servicios (que perciben rentas de cuarta categoría).
A través de este medio se pagan también las aportaciones al Essalud, las Contribuciones al Sistema nacional de Pensiones, las retenciones del impuesto por rentas de quinta categoría etc.
Base legal: Decreto Supremo N°018 -2007-TR publicado el 28-08-07 y R.de S. N° 204-2007/SUNAT publicada el 27-10-07

h)    Comprobantes de pago que puede emitir
1.    Facturas
2.    Boletas de Ventas
3.    Liquidaciones de Compras
4.    Tickets y Cintas emitidos por maquinas registradoras o por sistemas informáticos autorizados por SUNAT

5.    Otros documentos complementarios a los comprobantes de pago, tales como las notas de crédito y debito y las guías de remisión (en caso de traslado de mercadería)

Régimen Único Simplificado Parte II

a)    Comprobantes de Pago

1.  Boletas de venta y tickets de maquina registradora.
Son los únicos comprobantes de pago que pueden emitir las personas comprendidas en el Nuevo RUS y que además no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal, ni pueden ser utilizados para sustentar gasto o costo para efectos tributarios.
Base legal: Art. 16° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03

2. Facturas y tickets con derecho a crédito fiscal
Son los comprobantes de pago que debe exigir los contribuyentes del Nuevo RUS, cuando realicen compras de bienes o adquieran servicios a sus proveedores.
También son válidos los recibos por honorarios u otros documentos autorizados por el reglamento de comprobantes de pago.
Base legal: Art. 17° del Decreto legislativo 937 publicado el 14-11-03

b)    ¿Cuáles son las categorías del Nuevo RUS?

De acuerdo al monto total límite de Ingresos Brutos y Adquisiciones Mensuales se han establecido la categoría y la cuota mensual que le corresponde a cada contribuyente que desea acogerse al Nuevo Régimen Único Simplificado, según siguiente tablas:



c)    ¿Cuáles son las obligaciones del contribuyente del Nuevo RUS?

1.    Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, según el último digito de tu número de RUC, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por la SUNAT
2.    Emitir y entregar solo boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquina registradora (o tickets emitidos mediante sistemas informáticos declarados con el Formulario Virtual N°  845)
3.    Por las ventas menores o iguales a S/.5 no hay obligación de emitir boleta de venta, salvo que el comprador o usuario lo pida por un monto menor. En este último caso  como vendedor o prestador de servicios deberás emitirlo y entregarlo.
4.    Al finalizar cada día el titular del negocio debe emitir una sola boleta de venta, en la que sume el total de las ventas iguales o menores a a S/.5 por las que no se hubiera emitido comprobante de pago, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT.
5.    Sustentar sus compras con comprobantes de pago: facturas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, recibos por  honorarios, recibos de luz, agua y/o  teléfono, recibo de arrendamiento, entre  otros.
6. Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por la SUNAT.
7.    Archivar cronológicamente los comprobantes de pago que sustenten sus compras y ventas  (copia SUNAT).
8.    Comunicar la suspensión de actividades (de ser el caso) y mantener actualizado su RUC (cambio de domicilio, etc.).

d)    ¿Están obligadas a llevar libros contables las personas que se encuentran en el Régimen Único Simplificado?

No, las personas que se encuentran en el Régimen Único Simplificado (RUS) no tienen la obligación de llevar registros contables . En el caso que se contrate personal en relación de dependencia, deberán llevar el libro de planillas y cumplir con las obligaciones propias del empleador.

e) ¿Cómo se paga la cuota mensual del Nuevo RUS?

Puede efectuar el pago de las cuotas del NRUS por Internet o en los bancos autorizados:
1.- Pago por Internet
2.- Pago en Bancos Autorizados

Si no presentó la declaración pago del Nuevo RUS dentro del plazo establecido, efectúe la declaración pago lo antes posible.

Regimen Unico Simplificado Parte I

a)¿Quiénes se pueden acoger al Nuevo RUS?

 

 b)¿Cuáles son los requisitos para acogerse al Nuevo RUS?

Para acogerte al Nuevo RUS  debes cumplir con las siguientes condiciones:

1.  El monto de tus ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada año, o en algún mes tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000).
2.  Realizar tus actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva.
3.  El valor de los activos fijos afectados a tu actividad no debe superar los setenta mil Nuevos Soles (S/. 70,000). Los activos fijos incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier índole etc. No se considera el valor de los predios ni de los vehículos que se requieren para el desarrollo del negocio.
4.  Las adquisiciones y compras afectadas a la actividad no deben superar los S/. 360,000 en el transcurso de cada año o cuando en algún mes dichas adquisiciones no superen los S/ 30,000.

c)¿Quiénes no pueden acogerse al Nuevo RUS?

1.  Presten el servicio de transporte de carga de mercancías utilizando  sus vehículos  que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas).
2.  Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
.   Efectúen y/o tramiten algún régimen, operación o destino aduanero; excepto  que se trate de contribuyentes:
     -Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US$ 500 por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento; y/o.
      -Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 83º de la Ley General de Aduanas, con sujeción a la normatividad específica que las regule; y/o.
    -Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.

3.  Organicen cualquier tipo de espectáculo público.
4.  Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de
5.  bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos;
6.  agentes de aduana y los intermediarios de seguros.
7.  Sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.
8.  Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o  publicidad.
9.  Realicen venta de inmuebles.
10.Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles
11. Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.
12. Entreguen bienes en consignación.
13. Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de  almacenamiento.
14. Realicen alguna de las operaciones gravadas con el  Impuesto Selectivo al Consumo.
15. Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.

miércoles, 25 de septiembre de 2013

Declaración Simplificada, Cómo funciona?


En SUNAT Virtual: www.sunat.gob.pe haga click en Declaración y Pago e ingrese su Clave SOL.

Luego podrá realizar su declaración y pago en tres pasos: (ejemplo de declaración y pago de
IGV y Régimen Especial de Renta)

Paso 1 Seleccionar Formulario

Paso 2 Llenar el Formulario
Datos generales



Datos IGV


Datos Renta


Paso 3 Seleccionar la opción presentar/pagar/NPS



Si su declaración y pago tiene importe a pagar, deberá seleccionar la forma de pago, que puede ser con cargo en cuenta, con tarjeta de crédito o débito Visa o con el Número de Pago SUNAT – NPS.


Cualquier consulta, no dude en comunicarse con nosotros para orientarlo de la mejor manera. 

viernes, 5 de octubre de 2012

Porque debemos ser una empresa formal


El hecho de ser una  empresa formal, no solo tiene que ver con pagos de impuestos, SUNAT o la burocracia; tiene que ver con el  mejoramiento de nuestro país, pues el dinero va destinado a nuevas infraestructuras: colegios, hospitales, cunas, comedores, etc.
Al ser una empresa formal contaremos con beneficios que nos permitirán desarrollar mejor nuestras actividades y crecer como pyme y dejar de ser informales.
Pensemos que los costos de ser formales, serán absorbidos por los ingresos de las ventas de nuestro negocio.
Beneficios:
§  Formamos parte activa del  desarrollo del Perú.
§  Podemos acceder a nuevos mercados en el  extranjero.
§  Tendríamos mayor acceso a prestaciones bancarias.
§  Podremos comprar y pedir facturas, con lo cual accederíamos a crédito fiscal (diferencia entre el IGV de venta y el IGV  de compra).
§  Podremos participar de licitaciones privadas y públicas.
§  Si somos una empresa formal, generaríamos mayor credibilidad y confianza en el  mercado. Nuestros proveedores y clientes, reconocerán nuestra seriedad.
§  Si a nuestra empresa no le va bien, por razones ajenas a nosotros, dependiendo de cómo la hemos constituido, solo responderá por las pérdidas sufridas con su capital más no con el patrimonio.

Compras Mi Perú
Las empresas que estén formalizadas podrán participar de forma permanente de Compras Mi Perú. No solo es la oportunidad de vender al estado sino de que las empresas que participen podrán acceder a capacitaciones, además de otros beneficios.