3.
Inscribámonos en los Registros Públicos
Luego de que nos dan la Escritura Pública de Constitución, el
titular de la empresa o su notario deben
de enviar, este documento a los Registros Públicos para su inscripción.
Existen dos tipos de
registros:
·
Registros
de Sociedades
·
Registros
de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Documentos:
·
Formato
de solicitud de inscripción
·
Copia
del documento de identidad del representante legal
·
Escritura
Pública con el Pacto Social y el Estatuto
·
Comprobante
de pago por los derechos registrales
4.
Obtengamos nuestro RUC
La SUNAT, es
el órgano administrador de tributos en el Perú.
Para su
obtención se deberá presentar lo siguiente:
Si
nuestra empresa es de persona natural, necesitamos:
·
DNI:
copia simple
·
Recibo:
de agua, luz, teléfono o cualquier otro documento
que demuestre la validez del domicilio,
en donde vamos a trabajar.
Si
nuestra empresa fuera de personería jurídica:
·
Copia
de la escritura pública de constitución, inscrita en Registros Públicos.
·
Recibo:
agua, luz, teléfono o cualquier otro documento que demuestre la validez
del domicilio, en donde vamos a
trabajar.
·
Formato
de inscripción de RUC de la SUNAT, según el tipo de régimen tributario al que
se ha acogido.
·
DNI
original del representante legal. Si el trámite lo fuese a realizar un tercero,
deberá presentarse una carta poder simple, con firmas legalizadas notarialmente
y el DNI original de la tercera persona.
¿Quiénes deben inscribirse?
Todas las personas que vivan o
no en el
Perú, pero que tengan alguna actividad económica por la cual deben
de pagar atributos, incluyendo la
importación y exportación.
¿Cuándo debo inscribirme?
Cuando empecemos
la actividad económica o en los
12 meses siguientes a la fecha de la inscripción.
¿Me puedo inscribir a
través de internet?
Sí, solo si somos personas naturales con o sin negocios, como por ejemplo: arrendadores,
comerciantes, profesionales independientes o personas que realicen algún oficio, etc.
Tenemos que identificarnos con nuestro DNI.
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